El uso de billeteras virtuales para realizar las distintas transacciones se volvió algo común en reemplazo del dinero en efectivo, pero lo que muchos no tienen en cuenta es que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece límites y, en caso de pasarlos, la entidad debe informar los movimientos de los usuarios.
En ese sentido, hay que conocer los topes en marzo para no tener problemas con la ex AFIP ya que se puede iniciar una investigación para conocer la procedencia de los fondos y establecer multas y bloqueo de cuentas.
El régimen de información bancaria obligatoria establecido por ARCA determina diferentes límites según el tipo de operación y si se trata de personas físicas o jurídicas.
No existe un límite en la cantidad de operaciones que podés realizar, pero sí se fiscaliza el monto total acumulado en el mes. Si la suma de todas tus transacciones supera el tope establecido, se genera un reporte automático a la ex AFIP.
Cuáles son los límites para las transferencias en marzo
Para personas físicas, los límites son los siguientes:
- Transferencias y acreditaciones: hasta $ 50.000.000 mensuales.
- Extracciones en efectivo: hasta $ 10.000.000 mensuales.
- Saldos bancarios al cierre de mes: hasta $ 50.000.000.
- Plazos fijos: hasta $ 100.000.000.
- Tenencias en sociedades de bolsa: hasta $ 100.000.000.
- Compras como consumidor final: hasta $ 10.000.000 mensuales.
- Pagos de cualquier tipo: hasta $ 50.000.000 mensuales.
Los límites para las personas jurídicas:
- Transferencias y acreditaciones: hasta $ 30.000.000 mensuales.
- Saldos bancarios al cierre de mes: hasta $ 30.000.000.
- Plazos fijos: hasta $ 30.000.000.
- Pagos de cualquier tipo: hasta $ 30.000.000 mensuales.
La ex AFIP marcó que el objetivo principal de este sistema es detectar inconsistencias fiscales y posibles casos de evasión tributaria y en caso de que una persona declare ingresos por debajo de los movimientos que realice, se genera una alerta en el organismo recaudador.
Estas son las acciones que pueden generar una alerta en ARCA:
- Contribuyentes que facturan menos de lo que realmente ganan.
- Operaciones en efectivo no registradas.
- Ingresos no declarados provenientes de alquileres, ventas o servicios.
- Posibles maniobras de lavado de activos.
En caso de que la ex AFIP encuentre inconsistencias, puede pedir los siguientes documentos para validar los fondos:
- Comprobantes de ingresos: recibos de sueldo, honorarios profesionales, facturas emitidas
- Declaraciones juradas: DDJJ de Ganancias, Bienes Personales o IVA
- Constancias de operaciones: contratos de compraventa, escrituras, boletos
- Comprobantes de transferencias: CBU de origen, conceptos de pago
- Documentación de préstamos: contratos con firmas certificadas
