ARCA: Los impuestos que vencen en febrero de 2026

Todos los detalles sobre las fechas de pago de todas las obligaciones para el segundo mes del año.  

03 de febrero, 2026 | 04.15

En las últimas horas la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó el calendario de impuestos que vencerán en febrero del 2026 tanto para las personas físicas como para las jurídicas. Esto incluye los plazos específicos según el tipo de contribuyente y la terminación del CUIT.

En ese sentido, es importante señalar que hay algunas fechas importantes a tener en cuenta cómo es el caso del vencimiento del monotributo, ya que la ex AFIP puede aplicar distintas sanciones para los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones en tiempo y forma.

Uno por uno, los vencimientos de ARCA en febrero

Autónomos

Los trabajadores autónomos deberán ingresar el pago mensual conforme al siguiente cronograma de ARCA:

  • Jueves 5 de febrero de 2026: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
  • Viernes 6 de febrero de 2026: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
  • Lunes 9 de febrero de 2026: CUIT terminados en 7, 8 y 9.

A diferencia de lo que ocurre con el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), la cuota de autónomos no incluye cobertura médica.

Monotributo

Durante febrero se presenta un doble compromiso para los pequeños contribuyentes inscriptos en el Monotributo:

  • Jueves 5 de febrero de 2026: Vence la recategorización semestral obligatoria para todos los monotributistas.
  • Viernes 20 de febrero de 2026: Vence el pago mensual, correspondiente a todas las terminaciones de CUIT.

Cabe señalar que ARCA actualizó la escala del Monotributo con vigencia a partir del 1° de febrero.

Empleadores

Los empleadores deben presentar y pagar la declaración jurada del Sistema Único de la Seguridad Social (SUSS) según la terminación del CUIT:

  • Lunes 9 de febrero de 2026: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
  • Martes 10 de febrero de 2026: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
  • Miércoles 11 de febrero de 2026: CUIT terminados en 7, 8 y 9.

Trabajadores de casas particulares

Los empleadores del servicio doméstico, comprendidos en la Ley 26.844, deben cumplir con los pagos mensuales:

  • Martes 10 de febrero de 2026: Pago obligatorio con Formulario 102/RT.
  • Miércoles 18 de febrero de 2026: Pago voluntario con Formulario 575/RT.

Se debe tener en cuenta que vencimientos de ARCA alcanzan a todas las terminaciones de CUIT. Además, hay que considerar que este mes se actualizó la cuota del servicio doméstico por una suba en la Aseguradora de Riegos de Trabajo (ART).

Anticipos de ganancias y bienes personales

Los contribuyentes alcanzados por el régimen de anticipos deben abonar el cuarto anticipo del período fiscal 2025 en las siguientes fechas:

  • Viernes 13 de febrero de 2026: CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3.
  • Miércoles 18 de febrero de 2026: CUIT terminados en 4, 5 y 6.
  • Jueves 19 de febrero de 2026: CUIT terminados en 7, 8 y 9.

Dicho cronograma de ARCA se aplica tanto para el impuesto a las ganancias como a bienes personales.

Impuesto al Valor Agregado y Libro de IVA Digital de ARCA

Los responsables inscriptos deberán presentar y pagar la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado según el siguiente cronograma de ARCA, el cual también se aplica al Libro de IVA Digital:

  • Miércoles 18 de febrero de 2026: CUIT terminados en 0 y 1.
  • Jueves 19 de febrero de 2026: CUIT terminados en 2 y 3.
  • Viernes 20 de febrero de 2026: CUIT terminados en 4 y 5.
  • Lunes 23 de febrero de 2026: CUIT terminados en 6 y 7.
  • Martes 24 de febrero de 2026: CUIT terminados en 8 y 9.

Uno por uno, los impuestos que vencen en febrero 2026.