El Ministerio de Economía reglamentó el nuevo régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) y definió una serie de criterios patrimoniales que dejarán fuera del beneficio a determinados hogares. La medida es aun cuando sus ingresos declarados estén por debajo del tope establecido.
La decisión del Gobierno de Javier Milei fue formalizada a través de la Disposición 2/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, publicada este martes en el Boletín Oficial, que aprueba los indicadores de “exteriorización patrimonial y de manifestación de capacidad económica” que se utilizarán para aceptar o rechazar solicitudes.
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Según se establece en los considerandos de la norma, la exclusión podrá aplicarse “independientemente del nivel de ingresos registrados o declarados”, cuando se verifiquen activos que permitan “presumir capacidad de pago”, lo que “justificará el rechazo o la exclusión del beneficio”.
Los criterios de exclusión
El anexo que acompaña la disposición enumera de manera taxativa los casos en los que un hogar quedará excluido del esquema de subsidios energéticos. Entre ellos, se encuentran los hogares cuyos integrantes posean “al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a tres años”, con la aclaración de que este criterio no se aplica en el caso de contar con un integrante del hogar titular de un Certificado Único de Discapacidad (CUD).
También quedarán excluidos los hogares cuyos integrantes posean “en conjunto, tres o más inmuebles”. La normativa incluye además la tenencia de bienes considerados de alto valor. En ese sentido, se excluye a los hogares en los que al menos uno de sus integrantes posea “una embarcación de lujo” o “una aeronave”.
Otro de los criterios incorporados es la participación en sociedades: la disposición establece la exclusión de “hogares en los que al menos un integrante posea Activos Societarios”.
Control cruzado de datos
Para la aplicación de estos criterios, el Estado realizará cruces de información con distintas bases de datos oficiales. Según detalla la disposición, se utilizarán datos del Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), además de herramientas de georreferenciación y otros registros administrativos, con el objetivo de evaluar la admisión, el rechazo o la exclusión del beneficio.
El régimen SEF fue creado por el Decreto 943/2025, que unificó los subsidios nacionales a la electricidad, el gas natural, el gas por redes y el GLP en garrafas, y fijó como criterio general de acceso ingresos familiares netos de hasta tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, según el INDEC. La nueva disposición completa ese esquema al definir quiénes, por su situación patrimonial, quedarán fuera del sistema de subsidios energéticos.
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A partir de la puesta en marcha del nuevo esquema, quienes reciban subsidios para el pago de la luz y el gas quedarán incorporados al Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF). La inscripción será un requisito indispensable para conservar el beneficio y deberá completarse a través de un formulario digital, que tendrá carácter de declaración jurada.
