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Ordenan suspender Netflix y otras plataformas de streaming a un hombre que debe $4 millones de cuota alimentaria

Así lo determinó la Justicia de la provincia de Río Negro, que también ordenó suspender su licencia de conducir y el análisis de su patrimonio para determinar si posee inmuebles a su nombre.

13 de septiembre, 2026 | 17.39
Ordenan suspender Netflix y otras plataformas de streaming a un hombre que debe $4 millones de cuota alimentaria

La Justicia de la provincia de Río Negro determinó que un deudor alimentario no podrá acceder a plataformas digitales y de streaming, como Netflix o Spotify, ya que tiene una deuda de casi 4 millones de pesos. Además, le inhabilitaron su licencia de conducir, según dispuso el Juzgado Multifueros de El Bolsón, hasta que cumpla con el pago de la obligación a favor de sus hijos.

Mediante la resolución judicial se ordenó consultar a  Netflix, Disney+, Max, Prime Video, Spotify, YouTube, entre otras plataformas, para establecer si el hombre posee suscripciones registradas a su nombre. Si las empresas confirman a la existencia de las cuentas, deberán suspenderse y abstenerse de habilitar nuevas contrataciones mientras continúe el incumplimiento.

En cuanto a la licencia, no podrá renovarla en la ciudad donde reside hasta que cumpla con su obligación. La decisión del Tribunal se adoptó apoyándose en el artículo 553, expresada en el Código Civil y Comercial, que permite -ante el incumplimiento reiterado de una obligación alimentaria- al juez o jueza interviniente imponer medidas razonables para asegurar que la sentencia se cumpla.

Bajo este criterio, el fallo del Juzgado Multifueros de El Bolsón consideró que las restricciones solicitadas podrían ejercer presión sobre el deudor para conseguir el pago, según informó el Poder Judicial de Río Negro. Ante la continuidad de la deuda, la madre había solicitado nuevas medidas para intentar que el padre de los niños cumpla con la cuota alimentaria.

Finalmente, el pedido contó con el dictamen favorable del Defensor de Menores. Tras analizar el planteo, la jueza destacó que las herramientas previstas por la legislación no tienen "una finalidad sancionatoria", sino que el objetivo es generar condiciones para evitar que el deudor continúe con el incumplimiento y se haga efectiva la obligación alimentaria.

La decisión de la Justicia

En tanto, la Justicia ordenó comunicar a la municipalidad de la ciudad donde reside el hombre que deberá inhabilitar y no renovar la licencia de conducir hasta que exista una nueva resolución que cambie esta situación.

Estas nuevas medidas se suman a las que ya habían sido adoptadas dentro del expediente. También está en trámite un mandamiento de embargo sobre una rodado y se ordenó consultar a los Registros de la Propiedad Inmueble de Río Negro y Neuquén para determinar si existen bienes registrados a nombre del deudor.

En caso de aparecer propiedades, se evaluarán embargos para avanzar con la deuda pendiente. La magistrada remarcó que "el derecho alimentario constituye un derecho humano básico y que el incumplimiento compromete el derecho de los hijos a un nivel de vida adecuado y su interés superior", lo que podría constituir "violencia económica" contra la madre.

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