Luego de que la magistrada Laura De Marinis sobreseyera a un niño de 14 años por tentativa de robo agravado y frenara la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la Ciudad de Buenos Aires, la Sala III de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas de CABA revocó el fallo de jueza y decidió apartarla de la causa este viernes.
En un escrito de más de 60 páginas al que pudo acceder El Destape, los jueces Ignacio Mahiques, Jorge Atilio Franza y Patricia Ana Larocca determinaron el apartamiento y el sorteo posterior de un nuevo juez del fuero para que intervenga "en los autos principales". Al mismo tiempo, anularon el sobreseimiento del menor identificado con "M.I.A." y declararon constitucional el Art. 1 de la Ley 27.801, que baja la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años.
"Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por los Dres. Mauro Andrés Tereszko y Paula Raffa Pirra, en su carácter de Fiscal Coordinador y Auxiliar Fiscal de la Unidad Fiscal Especializada en Penal Juvenil (UFEPJ)", reza el inicio de la resolución. Seguido de ello, Casación revoca la decisión dictada el 21 de septiembre de 2026 que declara "la inconstitucionalidad del Art. 1 de la Ley 27.01 respecto del adolescente M.I.A. En consecuencia sobreseer a M.I.A. (...)" por la figura de robo en grado de tentativa. Su argumento fue claro: De Marinis asegura que el nombrado resultaba "no punible".
Desde el Tribunal señalan que "más allá del extenso esfuerzo argumentativo desarrollado por la a quo, (...) valiéndose del poder de control de convencionalidad y constitucionalidad difuso y de modo deliberado, ingresó contra la validez de una norma que no se encontraba en pugna con ningún precepto constitucional".
Asimismo sostienen que no pueden no advertir la "ausencia de una adecuada protección con relación a los derechos del denunciante y presunta víctima (...), lo que la jueza de grado debió haber tomado en cuenta junto a los derechos de los imputados menores de edad". Sobre esto último, manifiestan que De Marinis llevó a cabo una "grave omisión" porque el fuero al que pertenece "pregona por la igualdad de las partes sin descuidar que los derechos y garantías son para todas las personas".
Por último, desde Casación apuntan que la actuación de la jueza "ha obstruido el regular desarrollo del proceso, con cierto riesgo de frustrar por completo el ejercicio de la pretensión"; motivo por el cual, disponen su apartamiento "por haber incurrido en un claro supuesto de arbitrariedad y extrema gravedad institucional".
