La reforma del sistema de inteligencia impulsada por el gobierno de Javier Milei a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 941/2025 quedó bajo la lupa judicial. Los diputados nacionales Mónica Frade, Maximiliano Ferraro y Esteban Paulón presentaron este lunes una acción de amparo para que el decreto sea declarado inconstitucional y para que se suspenda de manera inmediata su aplicación.
El eje del planteo apunta a que el Poder Ejecutivo avanzó sobre atribuciones exclusivas del Congreso y habilitó facultades sensibles —como la posibilidad de aprehender personas— a agentes de inteligencia, en abierta contradicción con la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos. “El decreto no cumple con los presupuestos constitucionales para el dictado de un DNU, ya que no invoca ninguna situación de urgencia real y además legisla sobre materia penal, algo expresamente vedado por el artículo 99 inciso 3 de la Constitución”, sostienen los legisladores en la presentación judicial.
La SIDE, con facultades policiales
Uno de los puntos más controvertidos del DNU 941/2025 es la incorporación de atribuciones operativas a los agentes de la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE), incluyendo la posibilidad de realizar aprehensiones en determinados supuestos. Para los diputados, esta decisión borra los límites entre inteligencia estratégica y seguridad interior, dos ámbitos que históricamente cumplen funciones distintas.
“Subsumir en un único organismo todas las áreas de seguridad interior e inteligencia estratégica pone en riesgo el uso de las metodologías adecuadas para cada caso”, advierten. Y agregan una definición de fuerte contenido político: “Dar igual tratamiento a una amenaza contra el Estado argentino que a una cuestión de seguridad interior es la antesala inmediata de la existencia de un ‘Estado policial’”. Según el amparo, el nuevo esquema habilita que conflictos sociales, investigaciones periodísticas o la actividad de dirigentes opositores puedan ser interpretados como amenazas estratégicas, quedando bajo la órbita de los servicios de inteligencia.
El escrito judicial pone especial énfasis en el impacto que la reforma podría tener sobre los derechos individuales. El decreto incorpora un artículo que establece que “todas las actividades de inteligencia son encubiertas”, transformando —según los legisladores— el secreto en regla y no en excepción. “En síntesis, de habilitarse este DNU estaremos ante un Estado que no vea al ciudadano como titular de derechos, sino como un sospechoso, cuando así convenga al organismo o a las autoridades del momento. Estas o las que vengan”, señalan Frade, Ferraro y Paulón. También alertan sobre el efecto inhibidor que un esquema de vigilancia ampliado podría generar sobre la libertad de expresión y la participación política, en línea con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Otro de los argumentos centrales del amparo es que el DNU fue dictado cuando el Congreso se encontraba en sesiones extraordinarias, lo que —a criterio de los diputados— invalida cualquier justificación de necesidad y urgencia. Además, remarcan que la Comisión Bicameral de Fiscalización de los Organismos de Inteligencia aún no estaba plenamente operativa al momento de la reforma, debilitando los mecanismos de control democrático sobre una de las áreas más sensibles del Estado.
En ese contexto, recuerdan como antecedente inmediato el DNU 849/2025, mediante el cual el Ejecutivo asignó más de 26 mil millones de pesos en partidas secretas a la SIDE, al mismo tiempo que se reducían recursos en otras áreas públicas. “El decreto ofrece zonas grises, que son justamente el lugar en el que se consuman los abusos de poder”, advierten.
La acción de amparo solicita la declaración de inconstitucionalidad del DNU 941/2025 y la suspensión cautelar de sus efectos, al considerar que su aplicación inmediata podría provocar un daño institucional irreversible. Para los legisladores, el caso no solo involucra una disputa normativa, sino una discusión de fondo sobre el modelo de Estado y los límites del poder en un sistema democrático. “No se puede hacer inteligencia con los ciudadanos, salvo que existan amenazas reales validadas por la Justicia”, concluyen.
