Un fallo con fecha el 4 de diciembre del juez en lo Contencioso Administrativo Federal Enrique Lavié Pico hizo lugar a la medida cautelar solicitada por Turner y Fox, dueñas de los derechos del fútbol, para que suspendan los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Servicio de Comunicación Audiovisual.
Dicho apartado garantizaba el acceso público a eventos de interés general. Con esta resolución, ningún canal que no posee los derechos podrá pasar los partidos de la Primera División o partidos de la Selección nacional.
Estos artículos no habían sido alcanzados por la derogación parcial de la ley que hizo el Gobierno a pocos días de asumir en 2015.
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Todo surgió a raíz de que Canal 12 de Misiones mandara una carta documento a Fox y Turner exigiendo poder transmitir los partidos, ya que la ley los amparaba. Cabe destacar que pese a la existencia de los mismos, el Gobierno no los cumple.
El fallo suspende por seis meses la ley, con el argumento de que ese apartado pone en riesgo el contrato firmado entre la AFA, Fox y Turner, pese que la legislación fuera emitida con anterioridad.
Lavié Pico estuvo en el centro de la tormenta hace muy poco tiempo, cuando le otorgó una extensión del pago de Gananciaa un grupo de empresas de bingos, entre ellos la del presidente de Boca, Daniel Angelici.