El gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua, informó que la Provincia continuará implementando medidas de alivio fiscal destinadas a acompañar a las familias misioneras. En ese marco, anunció la prórroga del vencimiento del pago anual del Impuesto Inmobiliario correspondiente al año 2026.
Según precisó el mandatario a través de su cuenta oficial en la red social X (ex Twitter), el nuevo plazo se extenderá hasta el 10 de febrero, lo que permitirá a los contribuyentes acceder a descuentos de hasta el 40% en el pago de este tributo.
“Informo que vamos a seguir acompañando a las familias misioneras con medidas de alivio fiscal: prorrogamos hasta el 10 de febrero el vencimiento del pago anual del Impuesto Inmobiliario 2026, para que puedan acceder a descuentos de hasta el 40%”, publicó Passalacqua.
MÁS INFO
Todas las medidas de alivio fiscal
Durante la semana pasada, el primer mandatario misionero anunció a través de sus redes sociales que la Agencia Tributaria Misiones (ATM) prorrogó hasta abril de 2026 inclusive un conjunto de medidas de alivio fiscal destinadas a profesionales e industrias. La decisión busca sostener la actividad económica provincial y reducir la carga tributaria sobre los distintos sectores productivos.
Entre las disposiciones, se destaca la extensión de la bonificación del 30% en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para profesionales de toda la provincia, sin tope por ingresos totales ni por operación. El beneficio alcanza a todas las actividades profesionales, siempre que se desarrollen dentro del territorio misionero.
La medida se lleva adelante en el marco del trabajo conjunto con la Federación de Colegios y Consejos Profesionales de Misiones (FeCCoProMi) y el Colegio de Abogados de la provincia, y alcanza a profesionales matriculados cuyas actividades sean realizadas por personas humanas, entre ellas: servicios jurídicos, notariales y de ciencias económicas; médicos, odontólogos, bioquímicos, farmacéuticos, kinesiólogos y otras disciplinas de la salud; arquitectos, ingenieros, agrimensores, forestales y agrónomos; veterinarios; guías de turismo, psicólogos, trabajadores sociales, entre otros.
Asimismo, con el fin de continuar facilitando el ejercicio profesional de los letrados, se prorrogará hasta el 30 de abril de 2026 la suspensión de la aplicación del artículo 9 de la Resolución General N.º 18/10, referido al régimen de autorretención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por lo que durante el período indicado no resulta exigible la obligación de practicar dicha autorretención.
Las medidas dispuestas se enmarcan en un esquema de alivio fiscal destinado a los profesionales que se encuentren en regla y colegiados conforme a las leyes que regulan la matrícula. Cabe destacar que este régimen fue aplicado inicialmente en septiembre pasado, con vigencia hasta fines de 2025, y que ahora se amplía su alcance y plazo de aplicación hasta abril de 2026.
