El proyecto de Ley de Modernización Laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei comienza a debatirse y avanza sobre un rediseño profundo de las reglas que ordenan el trabajo en la Argentina. Aunque el alcance es general, uno de los sectores más directamente involucrados es el de empleados de comercio, el gremio más numeroso del país y uno de los que históricamente contó con convenios amplios y normas específicas que regularon horarios, descansos, feriados y condiciones de contratación.
La iniciativa oficial introduce cambios que atraviesan el corazón de la relación laboral: jornada y organización del tiempo de trabajo, modalidades de contratación, sistema de indemnizaciones y funcionamiento de la negociación colectiva. En un sector caracterizado por la alta rotación, la extensión horaria y el trabajo en fines de semana y feriados, el impacto puede ser significativo.
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1. Horarios y organización del trabajo
Uno de los ejes del proyecto es la revisión y eventual derogación de leyes y decretos considerados desactualizados, con el objetivo de unificar criterios y reducir superposiciones normativas. Si bien las regulaciones específicas del comercio no aparecen explícitamente derogadas en los borradores conocidos, la reforma podría modificar de manera indirecta reglas tradicionales sobre horarios comerciales, límites de jornada y trabajo en días no laborables.
Para las empresas, esto abre la puerta a una mayor flexibilidad operativa, especialmente en grandes superficies, shoppings y comercios con horarios extendidos. Para los trabajadores, en cambio, surge la preocupación por cómo se garantizarán los descansos, el pago de adicionales y el equilibrio entre vida laboral y personal en un contexto de mayor discrecionalidad empresaria.
2. Indemnizaciones y fondos de cese
En materia de despidos, la reforma introduce los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), un esquema mediante el cual las empresas podrán constituir un fondo específico destinado a cubrir las indemnizaciones. La indemnización no se elimina, pero cambia su lógica: deja de ser un pago concentrado al momento de la desvinculación y pasa a financiarse de manera anticipada.
Para los empleados de comercio, esto implica mayor previsibilidad para el empleador y una posible modificación en los tiempos y modalidades de cobro. En un sector donde los conflictos individuales y los juicios laborales son frecuentes, el Gobierno apuesta a que este sistema reduzca la litigiosidad y los costos asociados.
A la vez, el proyecto establece que los créditos laborales se actualicen por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), lo que busca evitar que la inflación licúe las deudas durante procesos judiciales largos, una demanda histórica de muchos trabajadores.
3. Convenios colectivos y negociación
Otro punto sensible es la limitación de la ultraactividad de los convenios colectivos. En la práctica, muchos beneficios del convenio de comercio -adicionales por antigüedad, presentismo, feriados trabajados, tareas específicas y premios- se mantienen aún cuando el acuerdo formal ha vencido. La reforma propone restringir esa continuidad automática y obligar a renegociar en plazos más acotados.
Para un gremio con convenios extensos y de larga tradición, representado a nivel nacional por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, este cambio puede alterar el equilibrio de la negociación colectiva. Si no se alcanzan nuevos acuerdos, algunos beneficios podrían quedar en revisión, reforzando la importancia de la relación de fuerzas entre sindicatos y cámaras empresarias.
