Los contribuyentes ya pueden saber cómo quedan las escalas del monotributo en agosto de 2024, según lo dispuesto por la AFIP (Administración Nacional de Ingresos Públicos). A partir de este mes, los topes de las mismas se elevan de manera significativa, luego de la sanción de la ley N° 27743, que ya entró en vigencia por medio del decreto 593/2024.
De esta forma, muchas más personas pueden ingresar y mantenerse en este régimen impositivo simplificado. Además, se eliminó la diferencia del tope de ingresos permitidos para estar en el régimen, según se trate de personas dedicadas al comercio o a la prestación de servicios.
Tanto para la prestación de servicios como para la actividad comercial, el límite de facturación anual para ser monotributista queda en $68 millones, con efecto desde enero último, es decir, de manera retroactiva. Los topes antes de la normativa incluida en el paquete fiscal que fue por el Congreso eran de $16.957.968,71 en comercio y de $11.916.410,45 en servicios. Este incremento de los topes de ingresos también se expresa en cada una de las categorías de la tabla.
Cuáles son las escalas vigentes del monotributo en agosto 2024
Con la nueva ley, estos son los valores de ingreso máximo anual, según la categoría.
- Categoría A: $6,45 millones
- Categoría B: $9,45 millones
- Categoría C: $13,25 millones
- Categoría D: $16,45 millones
- Categoría E: $19,35 millones
- Categoría F: $24,25 millones
- Categoría G: $29 millones
- Categoría H: $44 millones
- Categoría I: $49,25 millones
- Categoría J: $56,4 millones
- Categoría K: $68 millones
Cómo quedó el pago del monotributo en agosto 2024
El impuesto integrado mensual queda en los siguientes valores, y además suma la modalidad servicios para las tres categorías más altas, que antes solo incluían a los vendedores de objetos muebles:
- Categoría A: $3000
- Categoría B: $5700
- Categoría C: $9800 (servicios) y $9000 (comercio)
- Categoría D: $16.000 (servicios) y $14.900 (comercio)
- Categoría E: $30.000 (servicios) y $23.800 (comercio)
- Categoría F: $42.200 (servicios) y $31.000 (comercio)
- Categoría G: $76.800 (servicios) y $38.400 (comercio)
- Categoría H: $220.000 (servicios) y $110.000 (comercio).
- Categoría I: $175.000 (comercio) y $437.500 (servicios)
- Categoría J: $210.000 (comercio) y $525.000 (servicios)
- Categoría K: $245.000 (comercio) y $735.000 (servicios)
Recategorización del monotributo
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió extender el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 9 de agosto de 2024. Esta medida se tomó debido a los recientes cambios en el régimen, que surgieron tras la aprobación de la ley 27,743.
La resolución 5.534, firmada por la titular de AFIP, Florencia Misrahi, y publicada en el Boletín Oficial, estableció que las nuevas escalas y montos de facturación se aplicarán desde el 1 de agosto de 2024 hasta el 31 de enero de 2025. Esta prórroga busca facilitar el proceso de recategorización para los monotributistas y asegurar que puedan permanecer en sus niveles actuales sin tener que pasar al régimen general.
El vencimiento de la cuota mensual de agosto para los monotributistas será el miércoles 28 de agosto de 2024. Este cambio ofrece a los pequeños contribuyentes más tiempo para abonar el importe correspondiente a su nueva categoría.