Cada época tiene – salvo que se actúe en contrario- su plexo normativo para el saqueo. La administración Milei avanza con otras dos normas vinculadas al esquema de gobernanza de los intereses corporativos del Pentágono y el mundillo Silicon Valley. El Súper RIGI y los cambios en la ley de sociedades deben leerse en conjunto; configuran una arquitectura en la que una empresa podrá operar sin control humano directo a través de la inteligencia artificial, con estabilidad fiscal y regulatoria por 30 años y ceder la jurisdicción legal del país. Ambas constituyen un corpus legal para garantizar la opacidad operativa del poder económico y esconder a los beneficiarios finales.
La discusión por la ley de sociedades pasó a cuarto intermedio en la comisión de legislación general del Senado mientras que en el plenario que trató el Súper RIGI, el oficialismo anunció modificaciones – sin brindar detalles- con la intención de acercar posiciones con sus aliados permanentes. El objetivo de La Libertad Avanza será dictaminar la semana próxima. Si el proyecto se aprueba con cambios, deberá ser ratificado por la Cámara de Diputados.
Opacidad sociedad anónima
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El proyecto oficial con los cambios en la ley de sociedades constituye un paso más en el esquema de saqueo planificado por La Libertad Avanza. Para Enrique Hidalgo, especialista en derecho comercial, constitucional y ex Secretario Parlamentario (2005-2011), las modificaciones tienden a reducir el control estatal, aumentar la libertad de los operadores para regular el funcionamiento y los derechos de los socios (lo que puede devenir en facilitar el control del accionista mayoritario), admitir prórrogas de jurisdicción y aun la aplicación de derecho extranjero en las relaciones entre los socios, permitir sociedades de objeto muy amplio, casi indeterminado, o facilitar el desarrollo de las sociedades creadas en una jurisdicción (generalmente de baja o nula tributación) para desarrollar su objeto en otra (off shore). El negocio de la opacidad.
Se podrán crear empresas para el mero encubrimiento patrimonial. “El proyecto del oficialismo propone modificar la ley para admitir que el Estado otorgue el beneficio de la limitación de responsabilidad patrimonial sin exigir que la sociedad tenga vocación empresarial. Del fin que combina el beneficio personal con el colectivo pasa al beneficio individual exclusivo. La sociedad deja de ser necesariamente un instrumento de desarrollo para devenir, en muchos casos, en un mero patrimonio de afectación sin beneficio para la comunidad”, sostuvo Hidalgo en un artículo publicado en elDial.com.
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El otro aspecto central del proyecto es la creación de la Sociedad Descentralizada Autónoma Operativa (DAO) operadas exclusivamente por agentes de IA. “Parece cuanto menos poco prudente que un país periférico que no solo no domina y ni produce la tecnología, sino que ni siquiera la conoce (sea mito, marketing o realidad, dicen los medios que las empresas se asombran de los resultados de sus productos, al punto que limitan su difusión) auspicie el ingreso y haga de su espacio soberano un sitio donde esa tecnología opere libremente, sabiendo que no puede prever sus efectos ni derivaciones, y que puede tener efectos depredadores”, reflexionó Hidalgo. Las DAO son un acrónimo inventado por los Peter Thiel de la vida.
Para María Eugenia Marano, abogada especialista en transparencia y beneficiarios finales, bajo el ropaje de la modernidad doctrinaria de Sturzenegger, el proyecto oficial hecha por tierra el rol del Estado como protector de los terceros que contratan con las sociedades, de la comunidad respectos de aquellas empresas que cumplen roles estratégicos en las prestaciones de servicios públicos, de las minorías cuando se vulneran sus participaciones societarias, entre otras cuestiones.
“Se entromete en las materias que resultan ser materia propia provincial, vulnerando su autonomía para el dictado de normas reglamentarias tendientes a organizar el funcionamiento de los registros públicos y organismo de control de personas jurídicas. Un ejemplo de esto, mediante este proyecto se le estaría quitando a las provincias la facultad de dictar normas que pidan información contable de las empresas o datos adicionales a los pocos propuestos en el proyecto”, sostuvo Marano también integrantes del proyecto Futuros Mejores.
La entrega de jurisdicción soberana es otro de los aspectos pensados para la opacidad del saqueo. La norma está dedicada a la autonomía de la voluntad en la elección de la jurisdicción y de la ley aplicable.
“La libertad de elección de foro judicial debería limitarse a las jurisdicciones nacionales. Más grave y ciertamente crítico es que en el primer párrafo del art. 141 se prevea genéricamente que el estatuto puede también establecer el derecho aplicable. El segundo párrafo, reforzando la idea, dispone que los socios podrán someter sus relaciones internas a derecho local o extranjero, siempre que sean sociedades que no realicen oferta pública”, analizó Rafael Manóvil, titular de la Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires, en un artículo publicado en La Ley.
Lo que se esconde detrás del Súper RIGI
“El Súper RIGI no es una ley aislada. Es la primera pieza de una secuencia legislativa de dos actos cuya segunda pieza, la reforma a la Ley de Sociedades, que crearía la figura de Sociedades Automatizadas operadas por inteligencia artificial con personería jurídica plena y responsabilidad limitada. Para entender el riesgo real del Súper RIGI hay que leerlo no como una ley de incentivos fiscales, sino como la construcción anticipada del andamiaje legal que la próxima ley necesitará para operar sin contrapesos”.
La denuncia corresponde a un conjunto de organizaciones de la sociedad civil entre las que se encuentran la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (AAdeAA), Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos (ACDH), Asociación Civil Salud Socioambiental (ACSSA), Asociación Gremial de Computación (AGC), Asuntos del Sur, ATTAC Argentina, Campaña Plurinacional en Defensa del Agua para la Vida, el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas – CECIM La Plata y decenas más.
El Súper RIGI no menciona en ningún artículo a la inteligencia artificial, a empresas operadas por algoritmos, ni a la futura Ley de Sociedades. Esa ausencia fue deliberadamente planificada.
“Lo que el Súper RIGI construye es el caparazón jurídico (estabilidad de 30 años, arbitraje internacional excluyente, calificación de "inversión protegida") que cualquier entidad que se constituya como VPU bajo este régimen podrá utilizar, incluidas las futuras Sociedades Automatizadas si la reforma a la Ley de Sociedades se aprueba sin modificaciones”, denunciaron las organizaciones de la sociedad civil.
La Argentina no cuenta con una regulación de la inteligencia artificial. Si el Súper RIGI y la nueva ley de sociedades se convierten en ley, los “proyectos” de Inteligencia Artificial quedarán amparados bajo este plexo normativo sin posibilidad de ser modificados ni regulados por los próximos 30 años.
