La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha la primera recategorización obligatoria del Monotributo de 2026, un trámite clave porque define cuánto deberán pagar los contribuyentes a partir de febrero y durante los próximos seis meses. El plazo para realizar la recategorización vence el 5 de febrero.
La actualización llega tras el ajuste semestral del régimen, que desde 2025 se modifica en enero y julio en función de la inflación. En esta oportunidad, ARCA aplicó un incremento del 14,28%, en línea con la suba del IPC acumulado entre julio y diciembre de 2025. El impacto se sentirá de lleno en el bolsillo a partir del pago de febrero.
ARCA Recategorización obligatoria: qué implica
La recategorización es obligatoria para todos los monotributistas y se basa en la actividad desarrollada en los últimos 12 meses. Se toman en cuenta no solo los ingresos brutos facturados, sino también otros parámetros, como:
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Superficie afectada a la actividad.
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Alquileres devengados anualmente.
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Consumo de energía eléctrica.
Desde ARCA aclararon que el sistema mostrará de forma automática la categoría sugerida según los datos disponibles. El contribuyente puede aceptarla o modificarla si considera que no refleja correctamente sus ingresos reales.
Monotributo 2026: nuevos topes de facturación anual
Con la actualización de enero, los límites de facturación quedaron establecidos de la siguiente manera:
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Categoría A: hasta $10.277.988,13
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Categoría B: hasta $15.058.447,71
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Categoría C: hasta $21,11 millones
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Categoría D: hasta $26,21 millones
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Categoría E: hasta $30,83 millones
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Categoría F: hasta $38,64 millones
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Categoría G: hasta $46,21 millones
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Categoría H: hasta $70,11 millones
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Categoría I: hasta $78,47 millones
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Categoría J: hasta $89,87 millones
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Categoría K: hasta $108,35 millones
Estos valores determinan la categoría en la que debe ubicarse cada contribuyente y, en consecuencia, la cuota mensual a abonar.
Cuánto se paga de Monotributo desde febrero de 2026
A partir de febrero, las cuotas mensuales —que incluyen impuesto integrado, aportes jubilatorios y obra social— quedan de la siguiente manera:
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Categoría A: $42.386,74 (servicios y bienes)
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Categoría B: $48.250,78 (servicios y bienes)
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Categoría C: $56.501,85 (servicios) / $55.227,06 (bienes)
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Categoría D: $72.414,10 (servicios) / $70.661,26 (bienes)
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Categoría E: $102.537,97 (servicios) / $92.658,35 (bienes)
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Categoría F: $129.045,32 (servicios) / $111.198,27 (bienes)
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Categoría G: $197.108,23 (servicios) / $135.918,34 (bienes)
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Categoría H: $447.346,93 (servicios) / $272.063,40 (bienes)
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Categoría I: $824.802,26 (servicios) / $406.512,05 (bienes)
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Categoría J: $999.007,65 (servicios) / $497.059,41 (bienes)
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Categoría K: $1.381.687,90 (servicios) / $600.879,51 (bienes)
Cómo hacer la recategorización
El trámite se realiza de manera online y requiere pocos pasos:
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Ingresar al portal Monotributo con CUIT y clave fiscal.
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Seleccionar la opción “Recategorizarme”.
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Verificar o cargar la facturación de los últimos 12 meses.
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Confirmar la categoría correspondiente.
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Imprimir la nueva credencial de pago.
Con los nuevos valores ya definidos, febrero marca un punto de inflexión para los monotributistas, que deberán revisar con atención su situación para evitar inconsistencias y posibles sanciones. En un contexto de ajuste por inflación, mantener la categoría correcta sigue siendo una regla básica de orden fiscal.
