Cómo apelar la recategorización de oficio del Monotributo

La ex AFIP cambió de categoría a muchos contribuyentes, aunque hay quienes sostienen que el proceso no debería ser legal. 

27 de febrero, 2026 | 04.15

En los últimos días, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) llevó adelante el proceso de recategorización de oficio a monotributistas, cambiando de categoría a los contribuyentes en caso de detectar inconsistencias en los datos de facturación. 

Es así como la ex AFIP comenzó a enviar notificaciones a los domicilios electrónicos marcando los ajustes automáticos en su categoría e incluso advertencias de exclusión tras el cruce de datos con billeteras virtuales durante 2024 y 2025.

Según explicó el organismo, el mecanismo para hacer la recategorización de oficio se basa en un sistema informático denominado MOREO (Monotributo - Recategorización de Oficio) que analiza los movimientos detectados en cuentas electrónicas y los compara con la facturación declarada. 

Hasta mayo de 2025 regía la normativa que se activaban reportes cuando los ingresos o egresos superaban los $400.000 en el período o cuando los saldos mensuales excedían los $700.000 y, pese a que se cambió el límite a $50.000.000 durante el último año, ambos esquemas coexistieron y a muchos les llegaron notificaciones por el régimen anterior, aunque tengan montos muy por debajo del permitido actualmente. 

El cruce de datos se hace con la suma de todas las billeteras virtuales asociadas al CUIT, los depósitos registrados en el período analizado y la comparación de esos montos con la facturación emitida bajo el Monotributo. En caso de detectar un desvío relevante, ARCA recategoriza de oficio o inicia un proceso de exclusión.

Muchos monotributistas advirtieron que el sistema no distingue entre ingresos por actividad económica y otros movimientos personales, como transferencias entre cuentas propias, préstamos, venta de bienes usados o aportes de socios, y no debería corresponder el cambio de categoría.

Cómo apelar la recategorización de oficio de ARCA

La ex AFIP notificó a los monotributistas que fueron recategorizados que tienen 15 días hábiles desde su recepción para presentar un descargo y, en caso de no hacerlo en ese tiempo, la nueva categoría queda firme y no admite modificaciones posteriores.

El trámite se realiza a través del servicio “Presentaciones Digitales” en el portal de ARCA, donde se debe adjuntar documentación como extractos bancarios y de billeteras virtuales, contratos de préstamo o mutuo, comprobantes de venta de bienes y detalles de transferencias entre cuentas propias, entre otros. Esto es para que el usuario compruebe de manera fehaciente que los fondos no constituyen ingresos gravados y que los montos tomados por la ex AFIP no hacen valer la recategorización.

Los documentos a presentar la apelar la decisión de ARCA.