Los bloques políticos de Unión por la Patria, Nuevos Aires, la Coalición Cívica, la UCR, Unión y Libertad, presentaron un proyecto en la Cámara de Diputados bonaerense en donde rechazaron "la Derogación de la Ley Nacional N° 26.737, Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales", a días del fallo de la Corte Suprema que derogó dicha ley y habilitó la venta de tierras ilimitada a extranjeros. Además del escrito mencionado, la Izquierda también presentó su propio repudio y lo mismo hizo el bloque UCR + Cambio Federal. De esta manera, 58 de los 92 legisladores y legisladoras - casi dos tercios - se pusieron en la vereda de enfrente respecto del fallo de los cortesano. Las únicas dos fuerzas que no acompañaron las mociones son La Libertad Avanza y el PRO.
El proyecto de declaración mayoritario tiene como autores a Facundo Tignanelli, Mariano Cascallares, Rubén Eslaiman, Lucía Iañez, Juan Martín Malpeli, Ana Luz Balor, Silvina Nardini, Alejandro Acerbo, Romina Barreiro, Viviana Guzzo, José Galván, entre otros, por el bloque de UP - compuesto por un total de 39 diputados -; a Fabián Luayza, Gustavo Cuervo y Viviana Romano por Nuevos Aires (3); a Martín Rozas por Unión y Libertad - que tiene 5 diputados y diputadas -; a Andrés De Leo y Romina Braga por la Coalición Cívica (3), y a Alejandra Lordén por la UCR (3). El otro escrito de la Izquierda suma 2 dirigentes más que rechazan el fallo cortesano, y el la UCR + Cambio Federal - con 3 legisladores - totalizan 58 referentes políticos.
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Qué dice el proyecto
La letra chica del escrito también deja manifiesta la "preocupación por la eliminación de los límites y mecanismos de control establecidos para la adquisición y posesión de tierras rurales por parte de personas humanas y jurídicas extranjeras, particularmente respecto de territorios vinculados con recursos naturales estratégicos, cuerpos de agua y zonas de especial relevancia territorial".
Además, el tema "adquirió renovada actualidad a partir de la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa promovida por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata -CECIM La Plata-, mediante la cual el Máximo Tribunal dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU N° 70/2023".
En ese sentido aclararon que si bien la Corte Suprema "no se pronunció sobre la validez constitucional de la derogación de la Ley N° 26.737", su decisión se fundó en la "falta de legitimación de la entidad actora y en la inexistencia, a criterio del Tribunal, de un caso o controversia judicial que habilitara el tratamiento de la cuestión". La consecuencia concreta de la decisión judicial es que "queda removido el obstáculo que impedía la aplicación de la derogación dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional".
La cuestión reviste particular interés para la Provincia de Buenos Aires, ya que "la legislación derogada contemplaba expresamente a las provincias y municipios dentro de su ámbito de aplicación y establecía límites territoriales que debían verificarse en cada una de esas jurisdicciones".
En tanto, entre los fundamentos se detalla que a través de la Ley Nacional N° 26.737 se estableció un "régimen de protección sobre la propiedad, posesión y tenencia de tierras rurales, fijando límites específicos a su titularidad por parte de personas humanas y jurídicas extranjeras". Entre las principales disposiciones se estableció que la titularidad o posesión extranjera no podía superar el 15% del territorio nacional, límite que debía computarse también respecto del territorio de cada provincia, municipio, departamento o división política equivalente.
También, estableció límites por nacionalidad y por titular, y contempló restricciones específicas respecto de inmuebles que contuvieran o fueran ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes y de aquellos ubicados en zonas de seguridad de frontera.
