Desde su creación, a partir de la reforma constitucional del año 1994, el Consejo de la Magistratura de la Nación ha sido objeto de numerosos debates, reformas, intentos de reformas, marchas y contramarchas.
Es que, más allá de que como todo, tiene sus detractores, el principal cuestionamiento versa sobre esa delgada línea con la que se debe lidiar entre "lo político" y "lo técnico".
El Consejo de la Magistratura fue pensado en realidad como un "Órgano Técnico" que en el diseño de un "Sistema Híbrido", comparte gestión con el máximo tribunal de justicia de la nación, es decir, con la Corte Suprema de Justicia.
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En el correcto equilibrio de sus diferentes estamentos y por ende, la apropiada composición técnico-política, radica la eficacia de cara a garantizar la independencia judicial, ya que a la hora de designar el nombramiento de un magistrado, se debe prestar especial atención a su idoneidad técnica y así evitar que una eventual remoción sea producto o derive en enconos partidarios.
Sin embargo, y pasados ya casi 30 años, debemos decir claramente que en la práctica, el aspecto "técnico" que debe guardar el Consejo de la Magistratura ha sucumbido a lo largo de todas sus composiciones ante el elemento político, y el tan buscado equilibrio entre sus diferentes estamentos, no ha sido tal.
Resulta evidente que si bien, siempre se ha resguardado el cumplimiento de todos los requisitos formales (a pesar de las marchas y contramarchas de reformas y contra-reformas) es la perspectiva política, la que termina avanzando sobre todo otro componente, llámese "técnico", "académico" o "profesional".
De lo dicho se desprende la enorme importancia que reviste el representante del estamento académico ya que, es quien garantiza por excelencia el aporte del conocimiento específico y técnico jurídico en cuanto a la Justicia y el Derecho como herramienta esencial a la misma.
Si bien es cierto que los Jueces también podrían reunir similares características en cuanto a su preparación técnico- jurídica, no es menos cierto que estos no podrían guardar distancia y mantenerse independientes de la institución judicial. Es por ello que es el representante del estamento académico, el que desde su lejanía institucional puede aportar una perspectiva mejoradora del sistema de justicia, como de igual manera, son los Consejeros representantes de los Abogados quienes están más y mejor capacitados para aportar una mirada acerca del funcionamiento del poder judicial sin estar intrínsecamente metidos en ella.
Desde esta óptica, es esencial la participación de los representantes de los abogados, como así también que el integrante del Consejo de la Magistratura representante del estamento académico también sea abogado ya que es quien puede dotar de mayor contenido y visión técnica específica, con la distancia necesaria del sistema, para aportar sobre las necesidades y el mejoramiento del servicio de justicia.
Resulta importante resaltar que durante la Convención Constituyente, que luego daría lugar a la creación del Consejo de la Magistratura de la Nación, el Presidente Raúl Alfonsín dijo: “Toda norma que pueda implicar alguna limitación a la independencia del Poder Judicial, a la independencia e imparcialidad en la composición del Consejo de la Magistratura […] aunque no contradiga el texto que sancionamos, debe considerarse que vulnera el espíritu de la Constitución y contradice la intención del Constituyente”
En este marco, es clave que no olvidemos que el estamento político tiene garantizada su participación una vez culminada la selección técnica, ya que es el presidente el que elige los candidatos sobre la terna propuesta y el senado el que presta el acuerdo, siendo entonces necesario que la integración del Consejo de la Magistratura sea lo más técnico- práctica posible, de forma tal que sus decisiones estén embebidas por las necesidades del ejercicio profesional y no por las de la política
Así entonces, la independencia del Poder Judicial, propiciada por una equilibrada y balanceada composición del Consejo de la Magistratura en beneficio de su "imparcialidad" a la hora de cumplir sus funciones, hacen a una democracia saludable y evita que dicho órgano termine siendo objeto de un manejo corporativo, y esto se logra con la mayor participación técnica posible, siendo esta particularmente desarrollada por quienes aportan desde el complejo conocimiento del derecho y del ejercicio profesional.