Un fallo de la Justicia ordenó la inmediata reincorporación de Johana Lezcano a la Superintendencia de Seguros de la Nación, luego de haber sido echada de ese organismo. El fallo es en respuesta a la medida cautelar que presentó el Consejo Directivo de la Asociación de Trabajadores del Estado de la Capital Federal (ATE Capital) para retrotraer la cesantía.
El juez Julio Grisolia argumentó que "el derecho a trabajar es una de las bases sobre las que se asienta jurídicamente una sociedad democrática y que el derecho al trabajo no se agota en la libertad formal de trabajar, sino también en su realización efectiva a un puesto de trabajo". La sentencia tiene un carácter sin precedentes y representa una jurisprudencia para futuro reclamos de este tipo.
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En el mismo sentido, para Grisolia los precarios modos de contratación en el Estado y todos aquellos que no correspondan a la planta permanente son una modalidad fraudulenta. Es por ello que en su expedición alegó que Lezcano, quien se desempeñaba desde hacía dos años en el organismo, es una "víctima del fraude laboral, ya que ingresó bajo un contrato de asistencia técnica".
Es la primera resolución judicial con respecto al decreto 254/15 firmado por el presidente Mauricio Macri, el cual establece la revisión de todos los contratos de los trabajadores del ámbito público. En base a esto, desde ATE Capital explicaron que el fallo brinda la posibilidad de abrir una mesa de negociación por los más de 11 mil despidos que se registran en la planta del ámbito público nacional.
Si bien existen antecedentes de relevos retrotraídos, tal como los del Senado y de la AFSCA, el veredicto es inédito puesto que no se basa en los argumentos de persecución ideológica y despidos injustificados, sino que determina como prioridad el derecho universal del trabajo.
Por su parte, el secretario general de ATE Capital, Daniel Catalano, explicó: "Este fallo posee una particular importancia porque ratifica todos los argumentos que desde nuestro gremio venimos sosteniendo desde el primer momento".