De esta manera, el Congreso cumplió así con el paso formal dispuesto por los artículos 120, 150 y 151 del Código Nacional Electoral y el artículo 96 de la Constitución.
Dichos artículos obligan a realizar el conteo de votos y dejar constancia de que ninguna fórmula obtuvo el mínimo necesario para consagrarse en primera vuelta.