El subsecretario de Trabajo de la provincia de Formosa, Julio Valdez, cuestionó con dureza el proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno nacional y advirtió que las modificaciones propuestas “no benefician en absoluto al trabajador”, sino que implican un retroceso en derechos y garantías históricas del Derecho del Trabajo.
En declaraciones a la Agencia de Noticias Formosa (Agenfor), Valdez sostuvo que el proyecto amplía la discrecionalidad de los empleadores y debilita la posición del trabajador en la relación laboral. Según explicó, uno de los puntos más sensibles es el nuevo esquema de cálculo de las indemnizaciones por despido, que deja de contemplar conceptos fundamentales. “Ya no se toman en cuenta el aguinaldo ni las vacaciones, sino solamente el sueldo”, precisó, y remarcó que esto representa una pérdida económica directa para el trabajador despedido.
Otro de los ejes centrales de la crítica estuvo puesto en la figura del denominado “banco de horas”, un mecanismo que permitiría una administración flexible de la jornada laboral. Valdez explicó que, bajo este esquema, el empleador podría exigir jornadas de 10 u 11 horas en determinados días y compensarlas luego con menos horas de trabajo. “De esta manera, prácticamente desaparecen las horas extras”, alertó.
En ese sentido, advirtió que el trabajador podría exceder la jornada legal de ocho horas diarias sin percibir una remuneración adicional. “¿Cuál es el beneficio para el trabajador de trabajar 10 o 12 horas? Ninguno”, sostuvo, al considerar que este sistema solo favorece a la parte empleadora.
Valdez también cuestionó la centralidad que el proyecto otorga al acuerdo individual entre empleador y trabajador, bajo la premisa de un “contrato de igual a igual”. Para el funcionario provincial, esta concepción desconoce la realidad de las relaciones laborales. “Nunca el trabajador y el empleador están en igualdad de condiciones”, afirmó, y señaló que el Derecho del Trabajo nació justamente para corregir esa desigualdad estructural.
En esa línea, subrayó que pensar en negociaciones individuales equilibradas “es ilusorio”, ya que quien tiene el poder de decisión es el empleador. A su entender, este enfoque vulnera el principio protectorio que rige la normativa laboral.
Consultado sobre el impacto que podría tener la reforma en el empleo, Valdez sostuvo que antes de avanzar debería darse “una discusión amplia, profunda, razonable y responsable”. Además, rechazó la idea de que los cambios propuestos vayan a generar más puestos de trabajo. “Creer que con estas modificaciones se va a subsanar el problema del empleo es una mentira”, concluyó.
Qué propone la reforma laboral: derogación de estatutos
La Ley de Modernización Laboral también impacta a los trabajadores actuales mediante la derogación total de estatutos laborales específicos. La derogación de una ley completa implica que los trabajadores cubiertos por ese régimen pasan a regirse por la LCT general (Ley N° 20.744). Esta transferencia a un régimen general puede suponer la pérdida de derechos o beneficios específicos adquiridos bajo el estatuto anterior.
Entre los estatutos derogados totalmente se encuentran:
- Ley N° 12.908: Estatuto del Periodista.
- Ley N° 14.546: Régimen de Viajantes de Comercio.
- Ley N° 27.555: Régimen de Teletrabajo.
De igual modo, la derogación de artículos concretos del proyecto de ley elimina derechos que podrían ejercerse en el futuro. Por ejemplo, la derogación del Artículo 275 de la iniciativa elimina la sanción por conducta maliciosa y temeraria del empleador en juicio (intereses agravados de hasta dos veces y media la tasa de los bancos oficiales). Esta eliminación afecta a cualquier trabajador actual que inicie un litigio después de la entrada en vigor de la ley.
