El proyecto de Ley de Modernización Laboral que impulsa el gobierno de Javier Milei y que ya comenzó su recorrido en el Congreso plantea una reconfiguración profunda del régimen de trabajo en la Argentina. Aunque su alcance es transversal a múltiples actividades, el sector financiero aparece entre los más sensibles, dado su entramado histórico de derechos, convenios colectivos sólidos y un estatuto específico que reguló durante décadas la relación laboral bancaria.
Los empleados bancarios, representados mayoritariamente por Asociación Bancaria, podrían verse alcanzados por cambios estructurales en la jornada laboral, el régimen de vacaciones, el esquema de indemnizaciones, la negociación colectiva y el derecho a huelga. Para el Gobierno, se trata de una modernización necesaria; para el gremio, de una flexibilización que altera pilares centrales del empleo bancario.
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Uno de los puntos que impacta de manera directa en los bancarios es la modificación del régimen de vacaciones. El proyecto habilita el fraccionamiento de la licencia anual, siempre que cada tramo no sea inferior a siete días corridos. Además, establece que al menos una vez cada tres años el empleador deberá permitir que las vacaciones se tomen dentro del período estival, con notificación previa mínima de 30 días.
Si bien se incorpora la obligación de reprogramar los días no gozados en caso de enfermedad durante las vacaciones, desde el sector sindical advierten que el nuevo esquema amplía la capacidad de organización unilateral de las entidades financieras y reduce la previsibilidad para los trabajadores, en un sector donde los cronogramas de licencias estaban fuertemente regulados por convenio.
Las otras claves de la reforma laboral: topes, banco de horas y salarios dinámicos
- Modificación del Régimen de Negociación Colectiva: se propone redefinir el alcance de los convenios, priorizando acuerdos a nivel sectorial o de empresa sobre los marcos de aplicación nacional. Se priorizará la negociación de convenios a nivel regional, provincial, municipal o por empresa/unidad productiva, disminuyendo la jerarquía de los acuerdos de alcance nacional.
- Salarios y Estructura Remuneratoria: se busca introducir un esquema de remuneraciones más flexible, donde los aumentos por productividad y mérito tengan mayor peso que los ajustes automáticos por índices inflacionarios. Se busca modificar la filosofía de las negociaciones paritarias. En lugar de fijar un piso salarial obligatorio basado en la inflación pasada, las paritarias pasarían a ser un indicador base para el ingreso. Se introducirían salarios dinámicos, premios por productividad y estímulos, reservando los incrementos que logren empatar o superar la inflación a los trabajadores de mejor rendimiento. Se contempla la posibilidad de establecer aumentos salariales reversibles o a plazo fijo, desvinculándolos de la base de la siguiente ronda de negociación.
- Eliminación de la Irrenunciabilidad: se plantea suprimir la prohibición de pactar condiciones contractuales inferiores a las establecidas por ley o convenio vigente, promoviendo una supuesta mayor "libertad de contratación".
- Restricciones al Ejercicio del Derecho de Huelga: Se prevé la ampliación de las categorías de servicios considerados esenciales o de importancia trascendental, imponiendo porcentajes mínimos de prestación de servicios durante las medidas de fuerza.
- Banco de Horas y Flexibilidad Horaria: se habilitará la creación de mecanismos de compensación de horas que podrían extender la jornada laboral diaria máxima pactada, siempre que exista acuerdo entre las partes.
- Regulación de Vacaciones y Descansos: se facilitará la discusión para permitir mayor fraccionamiento del período de descanso anual obligatorio, ofreciendo flexibilidad en su goce.
- Simplificación de la Documentación: se impulsará la digitalización completa de los certificados y constancias legales (e.g., licencias médicas) para agilizar la gestión administrativa empresarial.
- Período de Prueba Extendido: se propone ampliar la duración del período de prueba inicial para nuevas contrataciones, permitiendo a los empleadores evaluar al personal por un tiempo mayor sin las obligaciones indemnizatorias plenas.
- Registro Laboral y Simplificación de Trámites: se buscará un sistema de registración laboral más ágil y menos burocrático para fomentar la formalización.
- Aportes Sindicales Obligatorios (Cuota Solidaria): se analizará la eliminación o modificación de los aportes obligatorios para trabajadores no afiliados a sindicatos.
- Responsabilidad Solidaria: se limitará la responsabilidad solidaria de las empresas por deudas laborales de contratistas o subcontratistas en ciertas condiciones.
- Modificación del Estatuto del Peón Rural: se prevén adecuaciones específicas para el sector agropecuario, adaptando normativas a las particularidades de esa actividad.
- Licencias por Maternidad y Paternidad: se buscará introducir mayor flexibilidad o cambios en la duración de las licencias, posiblemente ligándolas a acuerdos de empresa.
- Regulación del Teletrabajo: se establecerán marcos normativos específicos para el trabajo remoto, definiendo responsabilidades sobre costos operativos y el derecho a la desconexión digital.
- Restricción al Derecho de Huelga: se buscará reinstaurar las restricciones al derecho a huelga que contenía el DNU 340/2025 (frenado judicialmente). Se ampliaría el espectro de "actividades esenciales", exigiendo un 75% de prestación mínima durante la protesta. Se crearía la figura de "actividades de importancia trascendental", que deberán garantizar un 50% de prestación en caso de medida de fuerza.
