El Ministerio de Capital Humano dio de baja 62 mil personas del monotributo social, agregó un nuevo requisito y convocó a reempadronarse para no salir de ese régimen tributario. Las autoridades informaron que el reempadronamiento se deberá hacer este mes y quienes queden inscriptos deberán comenzar a pagar el 50% del costo de la obra social por titular y por cada uno de los adherentes.
Este costo representa aproximadamente unos $6.500 por persona. La medida alcanza a monotributistas sociales beneficiarios de planes como el Acompañamiento Social, Volver al Trabajo y Microcrédito. El informe desarrollado por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia estableció que de 1.216.360 registrados en el régimen, 622.477 son titulares y 593.883 son adherentes.
En 62.051 beneficiarios observaron incompatibilidades con la ley de monotributo social, entre otras inconsistencias, explicaron desde la cartera que lidera Sandra Pettovello.
Dónde reempadronarse para no perder la categoría de Monotributo Social
Durante septiembre, los beneficiarios de programas sociales que tengan monotributo social deberán reempadronarse a través de la ANSES y sacar un turno. Si estás inscripto como monotributista social y pertenecés a alguno de estos programas sociales: Acompañamiento Social (PAS), Volver al Trabajo (VAT) y Microcrédito (CONAMI), deberás reempadronarte para mantener tu inscripción.
Este trámite es obligatorio y gratuito y se realiza a través de mi ANSES. Recordá tener actualizados tus datos de contacto. Este régimen tributario promueve la inserción de emprendedores en situación de vulnerabilidad que realizan una única actividad económica por cuenta propia y se encuentran fuera del mercado formal laboral o trabajando en relación de dependencia con ingresos brutos inferiores al haber previsional mínimo.
En qué consiste el reempadronamiento del Monotributo Social
El reempadronamiento es un trámite obligatorio y gratuito que deben realizar los monotributistas sociales pertenecientes a distintos programas sociales para poder mantenerse en esta categoría tributaria. El plazo para realizar este trámite es del 2 al 30 de septiembre.
Al realizar este trámite deberás elegir entre estas opciones:
- Continuar con Monotributo Social: al seleccionar esta opción, que te permite mantenerte en esta categoría, te notificás y aceptás que a partir del mes de octubre vas a empezar a pagar el 50% del aporte de obra social (tanto tuyo como de tus adherentes).
- Solicitud de Baja: al seleccionar esta opción se te dará de baja a vos y a tus adherentes asociados, tanto del Monotributo Social como del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
En caso de no cumplir con el reempadronamiento, se entenderá que no deseás continuar inscripto en el monotributo social. Por tanto se te dará de baja junto a tus adherentes asociados si los tuvieras.
Para más información, consultas o reclamos ingresá en argentina.gob.ar/monotributosocial
MÁS INFO
Monotributo social: a quiénes les corresponde
Podés inscribirte al Monotributo Social cuando
- Realizás una única actividad económica de forma independiente.
- Trabajás en relación de dependencia y tu salario bruto es inferior a una jubilación mínima.
- Formás parte de una cooperativa de trabajo con un mínimo de 6 asociados.
Requisitos
- Tener más de 18 años.
- Realizar una actividad económica.
- Contar con un ingreso bruto anual inferior a $6.450.000
- Ser propietario de hasta 2 bienes inmuebles, siempre que uno de ellos se encuentre afectado al emprendimiento productivo.
- Ser propietario de hasta un máximo de 3 bienes muebles registrables.
- No ser profesional universitario en ejercicio de tu profesión como actividad económica.
- No ser empleador ni titular de acciones o cuotas partes de sociedades comerciales.
- Contar con ingresos que provengan sólo de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones compatibles que otorgan los organismos nacionales, provinciales o municipales.
Una vez inscripto en el Monotributo Social deberás
- Emitir por lo menos 6 facturas por semestre.
- Pagar el 50% del componente de obra social (tanto tuyo como de los adherentes que tengas asociados).