Decretaron feriado el lunes 29 de mayo y habrá fin de semana súper XXL

Un decreto extiende el fin de semana largo que comienza el próximo 25 de mayo a en una parte del país.

22 de mayo, 2023 | 12.48

Un nuevo feriado fue decretado en las últimas horas para el lunes 29 de mayo y se extiende el fin de semana largo que tendrá inicio el próximo 25 de mayo. Debido a esta decisión, parte de la Argentina contará con cinco días de descanso, incluído el próximo lunes. Qué se conmemora y quiénes serán beneficiados por la medida.

El jueves 25 de mayo se conmemora un nuevo aniversario de la Revolución de Mayo y, como es habitual, la jornada es considerada como feriado en todo el territorio nacional. A ese día se le sumó el viernes 26 de mayo, que por decisión del Ministerio del Interior fue decretado como feriado puente con fines turísticos, de modo de completar un descanso de cuatro días propicio para realizar viajes porel país y o visitar localidades cercanas para relajar y disfrutar.

Quiénes tendrá feriado el 29 de mayo y por qué

Sin embargo, ahora se sumó el 29 de mayo como otro día de descanso, mediante un decreto que favorece a algunas localidades. Por lo tanto, estos argentinos contarán con un súper "finde" XXL de cinco días. Se trata de las ciudades de Comandante Nicanor Otamendi, que se ubica en General Alvarado; y Villalonga, ciudad que pertenece al partido de Patagones. 

Ambas localidades celebran el día de su fundación, por lo que no tendrán actividad laboral durante la jornada. No obstante, existe una diferencia con respecto al resto de los feriados del fin de semana: el 29 de mayo fue declarado como día no laborable para la administración pública y los trabajadores del Banco Provincia, por lo que sus empleados no concurrirán a trabajar. Por su parte, la decisión de los privados corre por cada empresa.

Cómo se cobran los feriados si trabajo

Según la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), para el caso que preste tareas en un día feriado, se percibirá la remuneración normal de los días laborables más una de cantidad igual, la cual se calculará conforme dispone el artículo 169. En este sentido, para determinar el valor de acuerdo a las formas de pago, la LCT fija el cálculo de la siguiente manera: 

Para los trabajadores mensualizados: si presta servicios en un día feriado, para determinar el monto a pagar se considera que corresponde abonar el valor del día, más un día más que se calcula como de vacaciones; es decir, corresponderá dividir su salario por 25.

Para los jornaleros por día o por hora: se debe abonar el día o las horas más otra cantidad igual, en el caso de que no concurrieran a trabajar día se determinará de acuerdo con lo que normalmente el trabajador percibe por día o por hora, teniendo en cuenta, en el caso de los jornaleros por hora, el número de horas que normalmente trabajan por día.

Para el trabajador que cobra comisiones y otras formas variables: en estos casos la determinación del salario se efectuará tomando como base el promedio percibido en los treinta días inmediatamente anteriores al feriado. Para obtener el promedio se suma todo lo percibido como remuneración en los últimos treinta días, dividiendo el total por el número de días u horas normales de trabajo que hay en esos treinta días.

Para los destajistas: se tomará como salario base, el promedio de lo percibido en los seis días de trabajo efectivo inmediatamente anteriores al feriado o el que corresponde al menor número de días trabajados.

Cómo se cobra un día no laborable

Los "días no laborables" tienen otra desventaja para el trabajador. En el caso de que el empleador establezca la continuidad de la jornada laboral, el trabajador no cobrará doble, si no el valor habitual de su jornada.