El gobierno del presidente Javier Milei presentó en el Congreso un proyecto de ley para simplificar el proceso de divorcio, para que pueda realizarse en sede administrativa y civil cuando la disolución del matrimonio es de mutuo acuerdo entre las dos partes.
El proyecto, firmado por Milei, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, modifica el artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación y establece el divorcio en sede administrativa como una de las causales de disolución del matrimonio.
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"Se propone implementar un divorcio simplificado, con mayor libertad y menos oneroso, permitiendo de esta manera a los cónyuges, a través del divorcio administrativo, disolver su vínculo matrimonial de mutuo acuerdo por una vía más simple, más rápida y más económica", propone la iniciativa. Actualmente, la ley señala que las causas de disolución del matrimonio, son: muerte de uno de los cónyuges, sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento, o divorcio declarado judicialmente.
Con el nuevo divorcio de mutuo acuerdo se pretende evitar la judicialización de los divorcios, que demandan más tiempo y recursos económicos para el pago de las costas judiciales y honorarios profesionales de abogados intervinientes.
“El divorcio en sede administrativa permite a los cónyuges terminar su vínculo matrimonial de la misma manera que lo iniciaron: de mutuo acuerdo y ante el oficial público encargado de Registro de Estado civil y Capacidad de las Personas, con un simple trámite administrativo”, indicaron.
En este sentido, "se propone implementar un divorcio simplificado con mayor libertad y menos oneroso, permitiendo de esa manera a los cónyuges, a través del divorcio administrativo, disolver su vínculo matrimonial de mutuo acuerdo por una vía más simple, más rápida y más económica”.
"Además, el tiempo que insume el referido proceso implica para las partes que durante ese período de tiempo no podrán disponer de algunas de sus bienes con entera libertad", se señaló. Para respaldar el proyecto, el Gobierno menciona como ejemplos a países que tienen un sistema de divorcio similar: Brasil, Portugal, Colombia, México, Ecuador, Bolivia, Noruega, Italia, Rumania, Estonia, Letonia y Japón.
Por otro lado, en el texto se desacreditó la teoría de que la disolución del matrimonio “traería aparejada la destrucción de la familia y la sociedad”, un argumento que era sostenido antes de la vigencia del divorcio.
“Si bien las restricciones, prohibiciones y obstáculos al divorcio se basaron en el argumento de que facilitar el divorcio traería aparejada la destrucción de la familia y la sociedad, esto no sucedió, más allá de un aumento en los divorcios inmediatamente posterior a la sanción de la ley 26.994, que fue producido por la acumulación de separaciones de hechos ya existentes que fueron transformadas en divorcios”, remarcaron.