El CIADI, el tribunal internacional que administra el Banco Mundial para resolver conflictos entre empresas multinacionales y países, le negó a la alemana Daimler el pedido de anulación de un laudo existente a favor de Argentina, ocurrido en agosto de 2012.
El Gobierno celebró esta decisión, que se conoció hoy, y a través de la cual el Estado se ahorrará el pago de unos 447 millones de euros. Daimler había acudido al Ciadi inicialmente el 14 de enero de 2005, para demandar al Estado argentino tras el default y la devaluación del 2001 y, tras los respectivos procesos legales, obtuvo un laudo en contra, en agosto de 2012.
A finales de agosto de dicho año, el tribunal presidido por el francés Pierre-Marie Dupuy -y en el que actuaba como árbitro por la Argentina el español Domingo Bello Janeiro- interpretó que Daimler carecía de jurisdicción y que, por otro lado, incumplió la "cláusula de nación más favorecida" (NMF).
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Esto último significa que la firma alemana evitó un paso previo previsto en el trabado bilateral entre Argentina y Alemania, de ir primero a litigio en tribunales argentinos, en el lapso mínimo establecidos de 18 meses antes e recurrir a arbitraje internacional.
Daimler apeló parcialmente la decisión del Tribunal en diciembre de ese mismo año, evocando un error de interpretación en la cláusula NMF, valiéndose del artículo 52 del Convenio del Ciadi, y finalmente el 5 de diciembre último se terminó de resolver la contienda.
El CIADI estableció "rechazar en su totalidad la Aplicación de Anulación presentada por Daimler Financial Services A.G.", al tiempo que indicó que "que cada parte deberá sufragar sus propios costos y costas incurridos en relación con este procedimiento de anulación".
La Corte también obligó a Daimler a "sufragar las costas del procedimiento, incluyendo los honorarios y gastos de los Miembros del Comité, y las costas de usar las instalaciones del CIADI". La defensa Argentina, liderada por la Procuración del Tesoro a cargo de Angelina Abbona, sostuvo en que la solicitud de anulación parcial de Daimler "carecía de mérito jurídico", y que "su único desacuerdo era la interpretación del tribuna sobre la cláusulas de la nación más favorecida (cláusulas NMF) del tratado bilateral Argentina-Alemania".
"El TBI aplicable exige el sometimiento previo de la controversia a la justicia local, y la compañia no había cumplido con ese requisito", sostuvo la Argentina, según el documento del caso publicado en el sitio del CIADI.